miércoles, 28 de enero de 2009

SENA

SENA


Misión
El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) se encarga de cumplir la función que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la Formación Profesional Integral gratuita, para la incorporación y el desarrollo de las personas en actividades productivas que contribuyan al desarrollo social, económico y tecnológico del país.
Visión
El SENA será una organización de conocimiento para todos los colombianos, innovando permanentemente en sus estrategias y metodologías de aprendizaje, en total acuerdo con las tendencias y cambios tecnológicos y las necesidades del sector empresarial y de los trabajadores, impactando positivamente la productividad, la competitividad, la equidad y el desarrollo del país.


Principios, valores y compromisos institucionales
La actuación ética de la comunidad institucional se sustenta en los siguientes principios, valores y compromisos:



Principios
Primero la vida
La dignidad del ser humano
La libertad con responsabilidad
El bien común prevalece sobre los intereses particulares
Formación para la vida y el trabajo



Valores
Respeto
Librepensamiento y actitud crítica
Liderazgo
Solidaridad
Justicia y equidad
Transparencia
Creatividad e innovación
Compromisos
Convivencia pacífica
Coherencia entre el pensar, el decir y el actuar
Disciplina, dedicación y lealtad
Promoción del emprendimiento y el empresarismo
Responsabilidad con la sociedad y el medio ambiente
Honradez
Calidad en la gestión

Naturaleza y Funciones

El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) creado en 1957 como resultado de la iniciativa conjunta de los trabajadores organizados, los empresarios, la iglesia católica y la Organización Internacional del Trabajo, es un establecimiento público del orden nacional, con personería jurídica, patrimonio propio e independiente y autonomía administrativa, adscrito al Ministerio de la Protección Social de la República de Colombia.
El SENA cumple la función que le corresponde al Estado de invertir en el desarrollo social y técnico de los trabajadores colombianos, ofreciendo y ejecutando la formación profesional integral para la incorporación de las personas en actividades productivas que contribuyan al crecimiento social, económico y tecnológico del país.
Además de la formación profesional integral, impartida a través de nuestros Centros de Formación, brindamos servicios de Formación continua del recurso humano vinculado a las empresas; información; orientación y capacitación para el empleo; apoyo al desarrollo empresarial; servicios tecnológicos para el sector productivo, y apoyo a proyectos de innovación, desarrollo tecnológico y competitividad.

Son funciones del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, las siguientes:

1. Impulsar la promoción social del trabajador, a través de su formación profesional integral, para hacer de él un ciudadano útil y responsable, poseedor de valores morales éticos, culturales y ecológicos.

2. Velar por el mantenimiento de los mecanismos que aseguren el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias, relacionadas con el contrato de aprendizaje.

3. Organizar, desarrollar, administrar y ejecutar programas de formación profesional integral, en coordinación y en función de las necesidades sociales y del sector productivo.

4. Velar porque en los contenidos de los programas de formación profesional se mantenga la unidad técnica.

5. Crear y administrar un sistema de información sobre oferta y demanda laboral.

6. Adelantar programas de formación tecnológica y técnica profesional, en los términos previstos en las disposiciones legales respectivas.

7. Diseñar, promover y ejecutar programas de formación profesional integral para sectores desprotegidos de la población.

8. Dar capacitación en aspectos socioempresariales a los productores y comunidades del sector informal urbano y rural.

9. Organizar programas de formación profesional integral para personas desempleadas y subempleadas y programas de readaptación profesional para personas discapacitadas.

10. Expedir títulos y certificados de los programas y cursos que imparta o valide, dentro de los campos propios de la formación profesional integral, en los niveles que las disposiciones legales le autoricen.

11. Desarrollar investigaciones que se relacionen con la organización del trabajo y el avance tecnológico del país, en función de los programas de formación profesional.

12. Asesorar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social en la realización de investigaciones sobre recursos humanos y en la elaboración y permanente actualización de la clasificación nacional de ocupaciones, que sirva de insumo a la planeación y elaboración de planes y programas de formación profesional integral.

13. Asesorar al Ministerio de Educación Nacional en el diseño de los programas de educación media técnica, para articularlos con la formación profesional integral.

14. Prestar servicios tecnológicos en función de la formación profesional integral, cuyos costos serán cubiertos plenamente por los beneficiarios, siempre y cuando no se afecte la prestación de los programas de formación profesional

El SENA en Soacha Febrero 21, 2007 by asomuna
De acuerdo con la agenda de trabajo establecida a finales de 2006 con la Administración Municipal, se realizó ayer la reunión con los funcionarios del SENA (Director Regional Cundinamarca, Centros de Soacha, Villeta, Chia, Mosquera) y los empresarios de Muña y Santa Ana, con el propósito de establecer las capacitaciones a la medida y la operación de los contratos de aprendizaje.
El Centro Multisectorial de Soacha fue autorizado el 21 de diciembre de 2006 y se integra en su orientación, en un 65% Industria, 15% comercio y Agro y otros el procentaje restante. Su director es el Sr. Orlando Garzón a quien pueden contactar en el Cel: 3102409541 ó en el 7327851.
Recordamos que el Contrato de Aprendizaje incluye 2 fases: lectiva y práctica que se traduce en la Cuota de Aprendices y que la Ley 789 permite bajo convenios con entidades de formación, la vinculación de no solamente aprendices, sino por ejemplo estudiantes universitarios, si la cuota es mayor de 5 aprendices; de técnicos y tecnólogos, de estudiantes de secundaria y de personas de las redes de formación si las prácticas de aprendizaje son mayores a 1 mes (horario no mayor a 24 horas semanales). Quedan excluidas las pasantías. Las cuotas de los aprendices universitarios no podrán ser superiores al 25% del total de estos. Durante las etapas lectiva y productiva deben estar afiliados a Salud y a Riesgos profesionales en esta última.
El empresario debe cancelar el sostenimiento del aprendiz y el pago de su EPS sobre 1 smlmv. En el artículo 34 de la Ley, se contempla la posibilidad de que el SENA retorne hasta un 50% del aporte, siempre y cuando la empresa reúna los requerimientos y conjuntamente establezca el programa a seguir.
Se propuso determinar colectivamente las Necesidades de Formación, en cuanto a temas y número de personas. El ideal es 25, pero pueden ser integrados por afinidad entre las empresas. En este orden de ideas se requiere conocer ¿Qué especialidades comunes requieren los empresarios de la jurisdicción? Si Usted como empresario cuenta con un capacitador excepcional, este puede ser vnculado por el SENA para lograr la capacitación que se quiere.
¿Su empresa ya cumplió con su cuota de aprendices para la presente vigencia? Es el momento de hacerlo. ¿Está al día en el pago de sus aportes al SENA? Se pueden hacer acuerdos de pago e ingresar al programa.
Por lo anterior, el martes 13 de marzo a las 7:30 a.m., tendremos la reunión con los Directores de RRII y/o jefes de personal y/o talento humano para presentar dichas necesidades a los funcionarios SENA a las 7:30 a.m., en la Planta de Alfagres S.A. Coordina la Dra. Milena Pinzón Ramirez, Asesora Jurídica.